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Monument frontiere obélisque Marigot

Formalidades

Todos los viajeros que llegan al aeropuerto internacional Princess Juliana, situado en la parte holandesa, deben presentar un pasaporte, un visado y entregar una tarjeta de inmigración totalmente cumplimentada. Esta tarjeta se entrega generalmente en el avión. Antes de tu llegada, es indispensable que conozcas la dirección exacta del lugar donde te vas a alojar en San Martín. Puedes viajar con tu animal de compañía. Los animales mayores de tres meses serán admitidos previa presentación de un certificado de buena salud expedido recientemente por un veterinario y de la cartilla de vacunación actualizada (sobre todo, la vacuna antirrábica). Es imprescindible que te informes con tu compañía aérea para conocer las condiciones de transporte y las formalidades.

Para los nacionales franceses que vuelan desde París, la llegada se suele hacer en el aeropuerto internacional Princess Juliana (código SXM), situado en la parte holandesa. Por consiguiente, los nacionales franceses deben presentar un pasaporte válido y un billete de regreso o de continuación del viaje. En efecto, Sint-Maarten no se considera un territorio europeo. No forma parte de la zona de Schengen y es un estado independiente vinculado al Reino de los Países Bajos.

Para los nacionales franceses que llegan al aeropuerto de Grand Case Espérance (código SFG), situado en la parte francesa, basta con presentar un documento de identidad válido.

Los ciudadanos de la Unión Europea deberán presentar un pasaporte sin visado o una tarjeta de residencia francesa válida para el aeropuerto de Grand Case.

Los nacionales estadounidenses o canadienses deben presentar un pasaporte válido y un billete de regreso o de continuación del viaje. Para los ciudadanos naturalizados es necesario un original del certificado de naturalización con una fotografía de identidad. La duración máxima autorizada de estancia en San Martín para los turistas es de 3 meses.

Para la mayoría de los demás países se necesita un visado para entrar en San Martín. Antes de partir, dirígete a la embajada de tu país de residencia para solicitar un visado para la isla de San Martín. También necesitarás un pasaporte válido y un billete de regreso o de continuación del viaje. No se exige oficialmente ninguna vacuna.

No hay una frontera material entre los territorios francés y holandés. La circulación de bienes y personas es totalmente libre.

A tu llegada a las Antillas francesas o a tu regreso deberás declarar las mercancías que transportas y pagar los impuestos correspondientes (IVA, tasa insular y tasa insular regional). Sin embargo, te beneficiarás de una franquicia en valor por una parte y de una franquicia en cantidad para los productos que se indican a continuación, por otra. No se aplicarán derechos ni impuestos sobre estas mercancías hasta el nivel máximo indicado por persona, si se cumple con las formalidades exigidas por el territorio de San Martín:

  • Valor de las mercancías compradas u ofrecidas admitidas en franquicia: 1 000 €
  • Tabaco: 200 cigarrillos o 100 cigarros o 50 puros o 250 g de tabaco para fumar.
  • Bebidas alcohólicas: 4 litros de vinos tranquilos (menos de 18°) o 16 litros de cerveza o 2 litros de alcohol de más de 22°.

Los límites anteriores no son acumulables para una misma categoría de productos. Dado que estas franquicias pueden variar, sería prudente que te informaras directamente ante los servicios de aduanas de tu país.

Para la unión civil, la boda se celebra obligatoriamente en los locales de la Colectividad de San Martín (sala de matrimonios) en Marigot. Deberás enviar al «Monsieur le Président de la Collectivité» una carta en la que conste la fecha de la boda y el nombre de los futuros esposos: Collectivité de Saint-Martin – rue de la Mairie – Marigot – 97150 San Martín – Teléfono: 0590 87 50 04.

Para una boda entre dos ciudadanos franceses, por lo menos uno de los futuros cónyuges debe residir en San Martín de manera continua desde por lo menos un mes antes de la fecha de la boda. Para la boda entre ciudadanos franceses y extranjeros, es necesario que por lo menos uno de los futuros cónyuges resida en San Martín de manera continua desde por lo menos un mes antes de la fecha de la boda. Por último, para una unión entre extranjeros, según el artículo 58 de la Ley de 27 de mayo de 2009 (excepción del artículo 74 del Código Civil), «podrá celebrarse la boda de dos personas de nacionalidad extranjera, que no residan en el territorio nacional, sin el requisito de residencia de uno u otro de los futuros cónyuges».

Antes de la celebración del matrimonio deberán efectuarse obligatoriamente en San Martín las siguientes formalidades:

  • Constitución del expediente de matrimonio (véase más adelante la documentación a proporcionar)
  • Registro del expediente por el secretario del Registro Civil
  • Publicación del bando durante 10 días.

Luego, la boda podrá celebrarse 10 días después desde la fecha de publicación del bando.

Después, tendrás toda la libertad para organizar tu boda como te parezca. En San Martín, todo es posible. Casarse en la playa, en un barco, en el bosque tropical o en una mansión de estrella es un sueño a tu alcance. Podéis organizar vosotros mismos vuestro día y vuestra luna de miel o bien recurrir a profesionales de las bodas, que sabrán aconsejaros, como los wedding planners. ¡Di «sí» para toda la vida!

  • Fotocopia del documento de identidad de los futuros cónyuges
  • Copia íntegra de la partida de nacimiento legalizada con una antigüedad inferior a 3 meses (para los extranjeros, inferior a 6 meses más una traducción en francés)
  • Fotocopia de un justificante de domicilio (recibo de agua o de electricidad o de teléfono)
  • Fotocopia del documento de identidad de los testigos (dirección y profesión)
  • Contrato de matrimonio (si es necesario)
  • Certificado de ley (solo para los extranjeros), que estipule las leyes relativas al matrimonio del país
  • Certificado de soltería con una antigüedad inferior a 3 meses (solo para los extranjeros)
  • Copia íntegra del acta de defunción del anterior cónyuge (en caso de ser viudo)
  • Copia íntegra del anterior acto de matrimonio con mención de divorcio o sentencia de divorcio
  • Autorización para contraer matrimonio de tu superior (militar)

No olvides comprobar la totalidad de los documentos antes de la expedición.